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Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo XIII: Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca

Sección Octava: Servicios Forestales

Artículo 194-M-M. Por la recepción, evaluación y dictamen de los estudios técnicos justificativos y, en su caso, la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, se pagará el derecho de cambio de uso de suelo de terrenos forestales, conforme a las siguientes cuotas:

  1. I. Hasta 1 hectárea $810.39

    II. De más de 1 hectárea hasta 10 hectáreas $1,122.07

    III. De más de 10 hectáreas hasta 50 hectáreas $2,368.82

    IV. De más de 50 hectáreas hasta 200 hectáreas $4,737.64

    V. De más de 200 hectáreas $7,231.13

    Cuando la solicitud se refiera a terrenos incendiados que requieran de un dictamen especial, se pagará adicionalmente el 20% de las cuotas establecidas en las fracciones anteriores.

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