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Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Sección Novena: Otros Servicios

Artículo 172-I-I. Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

  1. I. Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:

    1. a). Por la expedición del título $1,754.12

      b). Por la reposición del título $1,252.90

      II. Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:

      1. a). Por la expedición del título: Hasta 100 kilómetros De más de 100

        a 500 kilómetros De más de 500 kilómetros

        1). Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal ............................. $626.38 $876.94 $1,127.59

        2). Particulares exclusivamente ................ $2,756.51 $5,262.57 $7,768.66

        III. Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos $1,503.48

        IV. Por prórroga de la vigencia $1,754.12

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