Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Sección Novena: Otros Servicios
Artículo 172-I-I. Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:
a). Por la expedición del título $1,754.12
b). Por la reposición del título $1,252.90
II. Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:
a). Por la expedición del título: Hasta 100 kilómetros De más de 100
a 500 kilómetros De más de 500 kilómetros
1). Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal ............................. $626.38 $876.94 $1,127.59
2). Particulares exclusivamente ................ $2,756.51 $5,262.57 $7,768.66
III. Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos $1,503.48
IV. Por prórroga de la vigencia $1,754.12