Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Sección Novena: Otros Servicios
Artículo 172-G-G. Por los servicios de verificación establecidos en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, los concesionarios, permisionarios o autorizados, pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por verificación especial a los concesionarios de vías férreas $1,754.12
II. Por la verificación técnica de las condiciones físicas y mecánicas del equipo ferroviario de los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario, por cada unidad tractiva o de arrastre $751.68
a). Por la expedición de la constancia de aprobación $150.22
III. Por verificación para la construcción o reconstrucción de obras ferroviarias. $1,754.12
IV. Por la verificación de las instalaciones de los servicios auxiliares $1,616.90