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Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Sección Novena: Otros Servicios

Artículo 172-G-G. Por los servicios de verificación establecidos en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, los concesionarios, permisionarios o autorizados, pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

  1. I. Por verificación especial a los concesionarios de vías férreas $1,754.12

    II. Por la verificación técnica de las condiciones físicas y mecánicas del equipo ferroviario de los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario, por cada unidad tractiva o de arrastre $751.68

    1. a). Por la expedición de la constancia de aprobación $150.22

      III. Por verificación para la construcción o reconstrucción de obras ferroviarias. $1,754.12

      IV. Por la verificación de las instalaciones de los servicios auxiliares $1,616.90

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