Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Sección Novena: Otros Servicios
Artículo 172-C-C. Por las autorizaciones de derecho de vías ferroviarias, se pagará el derecho respectivo, conforme a las siguientes cuotas:
I. Arrendamientos $1,308.97
II. Enajenaciones $1,308.97
III. Donaciones $1,794.04
IV. Permutas $1,790.89
V. Construcciones de edificios $4,364.19