Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Sección Novena: Otros Servicios
Artículo 172-A-A. Por el otorgamiento de autorizaciones para el cruzamiento de vías férreas por otras vías de comunicación y obras, se pagará el derecho de autorización de cruzamiento, conforme a las siguientes cuotas:
I. Subterráneos $1,308.97
II. Aéreos $1,308.97
III. A nivel $1,794.04
IV. A desnivel $4,461.16
V. Pasos superiores $8,874.21