Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VIII: De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Sección Primera: Servicios de Telecomunicaciones
Artículo 100. Por el estudio y autorización de la solicitud de modificaciones técnicas, administrativas, operativas y legales de permisos o autorizaciones de servicios de radiocomunicación privada incluyendo enlaces, otorgados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se pagarán derechos conforme alas siguientes cuotas:
I. Por la autorización de modificaciones que requieran estudio técnico $5,283.60
II. Por la autorización de modificaciones que no requieran estudio técnico $1,883.66