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Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Título CUARTO: De los Procedimientos de Enajenación

Capítulo III: De la Venta

Sección I: Licitación Pública

Artículo 47. Las bases estarán a disposición de los interesados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta cinco días naturales previos al acto de presentación de ofertas de compra y contendrán como mínimo lo siguiente:

  1. I. La referencia exacta de la convocatoria a la cual corresponden las mismas;

    II. Los elementos a que se refieren las fracciones II, VII, X, XIII, XVII y XVIII del artículo 45 de esta Ley;

    III. Los documentos por los cuales el interesado acreditará su personalidad jurídica;

    IV. Instrucciones para elaborar y entregar o presentar ofertas de compra, haciendo mención de que dichas ofertas deberán ser en firme;

    V. Lugar, fecha y hora en que los interesados podrán obtener las bases de licitación, y en su caso, el costo y forma de pago de la mismas;

    VI. Los criterios claros y detallados para la adjudicación del bien;

    VII. Forma y términos para la formalización de la operación y entrega física del bien. En el caso de inmuebles, los gastos, incluyendo los de escrituración, serán por cuenta y responsabilidad absoluta del adquirente. Tratándose de contribuciones, éstas se enterarán por cada una de las partes que las causen;

    VIII. El señalamiento de las causas de descalificación de la licitación;

    IX. La indicación de que ninguna de las condiciones de las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas;

    X. La indicación de que no podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos previstos en el artículo 32 de la Ley;

    XI. La indicación de que el fallo se dará a conocer por el mismo medio en que se hubiera hecho la convocatoria o en junta pública, según se determine, y

    XII. Cualquier otra que de acuerdo a la naturaleza de los bienes o su condición de venta señale el SAE.

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