Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural

Título SEGUNDO: DE LOS ORGANISMOS INTEGRADORES

Capítulo Primero: De su Organización

Artículo 48. Los Organismos Integradores al solicitar su registro ante la Secretaría, deberán acompañar a su solicitud:

  1. I. El testimonio de la escritura pública constitutiva del Organismo Integrador Nacional, Estatal o Local, conteniendo los Estatutos que deberán apegarse a las disposiciones y mecanismos que la presente Ley establece, indicando su sujeción a los lineamientos generales a que se refieren los artículos 47 y 85 de esta Ley, así comosu inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. En los Estatutos deberá indicarse su objeto y su organización interna entre otros aspectos, acordes con las disposiciones de esta Ley y demás regulaciones aplicables;

    II. Elámbito geográfico en el que operará;

    III. El programa general de operación, que permita a la Secretaría evaluar si el Organismo Integrador podrá cumplir adecuadamente con su objeto. Dicho programa deberá contener, por lo menos:

    1. a) Los planes de trabajo;

      b) Las políticas de afiliación;

      c) La información y documentación que acredite que cuenta con la infraestructura necesaria para llevar a cabo su objeto, y

      d) La relación de sus principales administradores y directivos, incluyendo al Comisario, debiéndose acompañar el curriculum vitae de los mismos;

    IV. El proyecto de reglamento interior, con base al cual ejercerá sus funciones de conformidad con esta Ley, y

    V. En el caso de Organismos Integradores Estatales y Locales, el dictamen del Organismo Integrador Nacional.

    Las modificaciones a los Estatutos deberán hacerse del conocimiento de la Secretaría.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.