Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Capítulo ESPECIAL: De la Letra y Música del Himno Nacional
Artículo 60. Los accesorios en que se reproduzcan, para efectos comerciales, la Bandera o el Himno Nacionales, deberán cumplir con los requisitos que determine el reglamento respectivo, con arreglo a los preceptos de este ordenamiento.