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Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo

Artículo 7o. El Secretario de Hacienda y Crédito Público será el Gobernador Propietario y Designará a un Gobernador Suplente que fungirá con tal carácter en el Banco Interamericano de Desarrollo.

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