Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo
Artículo 7o. El Secretario de Hacienda y Crédito Público será el Gobernador Propietario y Designará a un Gobernador Suplente que fungirá con tal carácter en el Banco Interamericano de Desarrollo.