Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo
Artículo 12. El Gobierno Federal requerirá la autorización expresa del Congreso de la Unión para aceptar modificaciones a la suscripción de México al Banco Interamericano de Desarrollo, aceptar enmiendas al Convenio respectivo, hacer préstamos a este Organismo y separarse del mismo.