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Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Título SEGUNDO: DE LAS AUTORIDADES Y DE LOS ORGANOS EN MATERIA DE LA AGROINDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZÚCAR.

Capítulo IV: De los Comités de Producción y Calidad Cañera

Artículo 29. Todos los cargos en el Comité serán honoríficos.

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