Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las Demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que Puedan Producir Energía Nuclear

Artículo 12. El que efectúe alguno de los actos señalados en los dos artículos inmediatamente anteriores y ejerza, además, la medicina, la ingeniería, la química o la física en cualquiera de sus ramas, sufrirá, aparte de las penas correspondientes, la inhabilitación para el ejercicio de su profesión por un término no menor de dos ni mayor de seis años.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.