Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Capítulo III: Correctivos Disciplinarios
Artículo 24 Quáter. Los correctivos disciplinarios se clasifican en:
I. Amonestación;
II. Arresto, y
III. Cambio de unidad, dependencia, instalación o comisión en observación de su conducta, determinado por el Consejo de Honor.