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Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Capítulo III: Correctivos Disciplinarios

Artículo 24 Quáter. Los correctivos disciplinarios se clasifican en:

  1. I. Amonestación;

    II. Arresto, y

    III. Cambio de unidad, dependencia, instalación o comisión en observación de su conducta, determinado por el Consejo de Honor.

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