Ley sobre el Contrato de Seguro
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo I: Definición y Celebración del Contrato
Artículo 8°. El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.