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Ley sobre el Contrato de Seguro

Título I: Disposiciones Generales

Capítulo II: La Póliza

Artículo 22. La empresa aseguradora tendrá derecho a exigir, de acuerdo con la tarifa respectiva, o en su defecto, conforme a estimación pericial, el importe de los gastos de expedición de la póliza o de sus reformas, así como el reembolso de los impuestos que con este motivo se causen.

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