Ley sobre el Contrato de Seguro
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo II: La Póliza
Artículo 20. La empresa aseguradora estará obligada a entregar al contratante del seguro, una póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes. La póliza deberá contener:
I. Los nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora;
II. La designación de la cosa o de la persona asegurada;
III. La naturaleza de los riesgos garantizados;
IV. El momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración de esta garantía;
V. El monto de la garantía;
VI. La cuota o prima del seguro;
VII. Las demás cláusulas que deban figurar en la póliza de acuerdo con las disposiciones legales, así como las convenidas lícitamente por los contratantes.