Ley sobre el Contrato de Seguro
Título III: Disposiciones especiales del contrato de seguro sobre las personas
Artículo 185. El beneficiario perderá todos sus derechos si atenta injustamente contra la persona del asegurado. Si la muerte de la persona asegurada es causada injustamente por quien celebró el contrato, el seguro será ineficaz, pero los herederos del asegurado tendrán derecho a la reserva matemática.