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Ley de Concursos Mercantiles

Título DÉCIMO TERCERO: Del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles

Capítulo II: De la organización

Artículo 314. La Junta Directiva estará integrada por el Director General del Instituto y cuatro vocales, nombrados por el Consejo de la Judicatura Federal, a propuesta de su Presidente; los nombramientos deberán procurar una integración multidisciplinaria de los miembros de la Junta, cubriendo las materias administrativa, contable,económica, financiera y jurídica.

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