Ley de Concursos Mercantiles
Título OCTAVO: De los concursos especiales
Capítulo III: Del concurso mercantil de las instituciones auxiliares del crédito
Artículo 260. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, podrá designar hasta tres interventores, quienes tendrán la obligación de representar y proteger los derechos e intereses de los acreedores de la institución declarada en concurso mercantil.