Ley de Concursos Mercantiles
Título OCTAVO: De los concursos especiales
Capítulo I: De los concursos mercantiles de Comerciantes que prestan servicios públicos concesionados
Artículo 237. El Comerciante que, en virtud de un título de concesión, preste un servicio público federal, estatal o municipal, podrá ser declarado en concurso mercantil.