Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Título Segundo: De los Instrumentos para la Cooperación Internacional para el Desarrollo
Capítulo VI: Del Programa de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Artículo 23. El Programa es la base para la planeación y ejecución de las acciones de cooperación internacional, así como de las estrategias de recepción, transferencia e intercambio de recursos, bienes, conocimientos y experiencias en materia educativa, cultural, técnica, científica, económica y financiera.