Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado de México
Capítulo VII: De los Comités Técnicos Especializados
Artículo 34. En los Comités Técnicos participarán las unidades administrativas de la Agencia a las que corresponda conocer de los asuntos de que se trate. A sus sesiones podrá asistir el Comisario a que se refiere el artículo 38 de esta Ley.