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Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado de México

Capítulo VI: DelÓrgano de Consulta

Artículo 25. Los consejeros podrán ser substituidos de su cargo antes de la conclusión de su período, en los siguientes casos:

  1. I. Dejar de asistir en forma injustificada a tres sesiones consecutivas o seis aisladas en un plazo de dos años;

    II. No cumplir o violentar los fines de la Agencia, o

    III. Renunciar expresamente.

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