Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado de México
Capítulo VI: DelÓrgano de Consulta
Artículo 25. Los consejeros podrán ser substituidos de su cargo antes de la conclusión de su período, en los siguientes casos:
I. Dejar de asistir en forma injustificada a tres sesiones consecutivas o seis aisladas en un plazo de dos años;
II. No cumplir o violentar los fines de la Agencia, o
III. Renunciar expresamente.