Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Título SEGUNDO: De la Documentación Comprobatoria de la Actuación y del Tiempo de Servicios

Capítulo I: De la Hoja de Actuación

Artículo 26. Las Hojas de Actuación se cerrarán en los casos siguientes:

  1. I. Por finalizar el año, en la segunda quincena de diciembre de cada año;

    II. Por baja en la Unidad, Dependencia o Instalación, al pasar un General, Jefe u Oficial a otro Organismo. En este supuesto, la Hoja se cerrará con la fecha de la baja y se anotará el cómputo del tiempo de servicios correspondientes a su permanencia en ésta, y

    III. Por cierre para que el interesado participe en concursos de promoción.

    En los casos previstos en las fracciones I y II, la Hoja de Actuación se expedirá en original y tres copias que deberán ser firmadas por el interesado. El original se enviará a la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana o Dirección del Arma o Servicio a que pertenezca el militar, una copia se remitirá a la unidad administrativa referida en el Artículo 2 deesta Ley, otra se entregará al interesado para que se entere de su contenido y una más se conservará en el archivo de la Unidad, Dependencia o Instalación que la emita.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.