Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
Título SEGUNDO: De los Permisos
Capítulo III: Estudio y Evaluación del Riesgo
Artículo 65. Las características y requisitos de los estudios de evaluación de los posibles riesgos, se establecerán en las normas oficiales mexicanas que deriven de esta Ley.