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Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica

Capítulo III: DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INFORMACIÓN SOBRE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS

Artículo 9. Para la aprobación de algún tratado ya firmado deberá someterse al Senado junto con los siguientes documentos:

  1. I. Un escrito con todas las acciones administrativas para aplicar los objetivos que correspondan conforme al tratado de que se trate;

    II. Una explicación de cómo la aprobación del tratado afectará las leyes y reglamentos de México;

    III. Los rubros que México concedió durante la negociación;

    IV. La forma en que se cumplirán los objetivos que correspondan conforme al tratado firmado;

    V. La manera en que el tratado cumple con los intereses de México, y

    VI. Las reservas que los países miembros del tratado establecieron y las razones.

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