Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Libro PRIMERO: Del Amparo en General
Título QUINTO: De la Responsabilidad en los Juicios de Amparo
Capítulo I: De la responsabilidad de los funcionarios que conozcan del amparo
Artículo 202. La falta de cumplimiento de las ejecutorias de amparo imputables a los jueces de Distrito, o a las autoridades judiciales que conozcan del juicio, se castigarán con arreglo a las disposiciones del Código Penal aplicable en materia federal a los responsables del delito de abuso de autoridad.