Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Libro PRIMERO: Del Amparo en General
Título PRIMERO: Reglas Generales
Capítulo XII: De la ejecución de las sentencias
Artículo 112. En los casos a que se refiere el artículo 106 de esta ley, si la Sala que concedió el amparo no obtuviere el cumplimiento de la ejecutoria respectiva, dictará las órdenes que sean procedentes al juez de Distrito que corresponda, quien se sujetará a las disposiciones del artículo anterior en cuanto fueren aplicables.