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Ley de Aguas Nacionales

Título SEXTO: Usos del Agua

Capítulo III: Uso en Generación de Energía Eléctrica

Artículo 81. La explotación, el uso o aprovechamiento de aguas de subsuelo en estado de vapor o con temperatura superior a ochenta grados centígrados, cuando se pueda afectar un acuífero, requerirán de la concesión previa para generación geotérmica u otros usos, además de evaluar el impacto ambiental.

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