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Ley para el Aprovechamient ode Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Capítulo III

Artículo 13. La Secretaría de Energía considerará los beneficios a que se refiere el artículo 12 de la presente Ley, en la evaluación económica de los proyectos de aprovechamiento de energías renovables que realicen los Suministradores.

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