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Ley de Aviación Civil

Capítulo I: Disposiciones generales

Artículo 4. La navegación civil en el espacio aéreo sobre territorio nacional se rige por lo previsto en esta Ley, por los tratados y, a falta de disposición expresa, se aplicará:

  1. I. La Ley de Vías Generales de Comunicación;

    II. La Ley General de Bienes Nacionales;

    III. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

    IV. Los códigos de Comercio; Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal; y Federal de Procedimientos Civiles.

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