Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Título Primero: Disposiciones Generales
Capítulo Único
Artículo 9. En materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, los titulares de las dependencias y losórganos de gobierno de las entidades serán los responsables de que, en la adopción e instrumentación de las acciones que deban llevar a cabo en cumplimiento de esta Ley, se observen criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo, la descentralización de funciones y la efectiva delegación de facultades.
Las facultades conferidas por esta Ley a los titulares de las dependencias podrán ser ejercidas por los titulares de sus órganos desconcentrados, previo acuerdo delegatorio.