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Estatuto del Gobierno del Distrito Federal

Título CUARTO: DE LAS BASES DE LA ORGANIZACION Y FACULTADES DE LOS ORGANOS LOCALES DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo II: DEL JEFE DE GOBIERNO

Sección I: DE LA ELECCIÓN Y LA REMOCIÓN

Artículo 66. Son causas graves para la remoción del Jefe de Gobierno del Distrito Federal las siguientes:

  1. I. Invadir de manera reiterada y sistemática la esfera de competencia de los Poderes de la Unión;

    II. Abstenerse de ejecutar en forma reiterada y sistemática, o incurrir en contravención de actos legislativos, jurisdiccionales y administrativos que dicten los Poderes de la Unión;

    III. No brindar la debida protección a las instalaciones y depositarios de los Poderes Federales, cuando haya sido requerido para ello;

    IV. Utilizar la fuerza pública fuera de las facultades de dirección que en materia de seguridad pública le corresponden, afectando el orden público; y

    V. Las demás que determinen otras disposiciones legales y que afecten gravemente las relaciones con los Poderes de la Unión o el orden público.

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