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Estatuto del Gobierno del Distrito Federal

Título CUARTO: DE LAS BASES DE LA ORGANIZACION Y FACULTADES DE LOS ORGANOS LOCALES DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo I: DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Sección I: DE LAS FACULTADES DE LA ASAMBLEA

Artículo 45. Las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa del Distrito Federal otorgarán atribuciones y funciones sólo a los órganos locales del gobierno del Distrito Federal.

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