Estatuto del Gobierno del Distrito Federal
Título QUINTO: DE LAS BASES PARA LA ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Y LA DISTRIBUCION DE ATRIBUCIONES ENTRE SUS ORGANOS
Capítulo II: DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES Y DE LOSÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS
Artículo 104. La Administración Pública del Distrito Federal contará con un órgano político-administrativo en cada demarcación territorial.
Para los efectos de este Estatuto y las leyes, las demarcaciones territoriales y losórganos político-administrativos en cada una de ellas se denominarán genéricamente Delegaciones.
La Asamblea Legislativa establecerá en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal el número de Delegaciones, su ámbito territorial y su identificación nominativa.