Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 3. El personal de la Armada observará el principio vital de la disciplina como un deber de obediencia que lo capacita para el mando.
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Artículo 3. El personal de la Armada observará el principio vital de la disciplina como un deber de obediencia que lo capacita para el mando.
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