Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Título QUINTO: DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
Capítulo II: DE SU GOBIERNO, ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA
Artículo 30. El Consejo Directivo es elórgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la ejecución transversal a favor de las personas adultas mayores. Estará integrado por los titulares de las siguientes dependencias:
a. Secretaría de Desarrollo Social, quien fungirá como Presidente.
b. Secretaría de Gobernación.
c. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
d. Secretaría de Educación Pública.
e. Secretaría de Salud.
f. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
g. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
h. Instituto Mexicano del Seguro Social.
i. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Los representantes propietarios designarán a sus suplentes, quienes deberán tener un nivel mínimo de Director General.