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Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Título QUINTO: DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Capítulo II: DE SU GOBIERNO, ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA

Artículo 30. El Consejo Directivo es elórgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la ejecución transversal a favor de las personas adultas mayores. Estará integrado por los titulares de las siguientes dependencias:

  1. a. Secretaría de Desarrollo Social, quien fungirá como Presidente.

    b. Secretaría de Gobernación.

    c. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    d. Secretaría de Educación Pública.

    e. Secretaría de Salud.

    f. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    g. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

    h. Instituto Mexicano del Seguro Social.

    i. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    Los representantes propietarios designarán a sus suplentes, quienes deberán tener un nivel mínimo de Director General.

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