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Código Penal Federal

Libro SEGUNDO

Título DECIMONOVENO: Delitos Contra la Vida y la Integridad Corporal

Capítulo II: Homicidio

Artículo 307. Al responsable de cualquier homicidio simple intencional que no tenga prevista una sanción especial en este Código, se le impondrán de doce a veinticuatro años de prisión.

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