Código Penal Federal
Libro SEGUNDO
Título DECIMONOVENO: Delitos Contra la Vida y la Integridad Corporal
Capítulo II: Homicidio
Artículo 307. Al responsable de cualquier homicidio simple intencional que no tenga prevista una sanción especial en este Código, se le impondrán de doce a veinticuatro años de prisión.