Código Penal Federal
Libro SEGUNDO
Título DECIMOTERCERO: Falsedad
Capítulo IV: Falsificación de documentos en general
Artículo 245. Para que el delito de falsificación de documentos sea sancionable como tal, se necesita que concurran los requisitos siguientes:
I. Que el falsario se proponga sacar algún provecho para sí o para otro, o causar perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero;
II. Que resulte o pueda resultar perjuicio a la sociedad, al Estado o a un particular, ya sea en los bienes deéste o ya en su persona, en su honra o en su reputación, y
III. Que el falsario haga la falsificación sin consentimiento de la persona a quien resulte o pueda resultar perjuicio o sin el de aquella en cuyo nombre se hizo el documento.