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Código Penal Federal

Libro SEGUNDO

Título DECIMO: Delitos Cometidos por Servidores Públicos

Capítulo III: Desaparición forzada de personas

Artículo 215-A. Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención.

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