Código Penal Federal
Libro SEGUNDO
Título DECIMO: Delitos Cometidos por Servidores Públicos
Capítulo III: Desaparición forzada de personas
Artículo 215-A. Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención.