Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
Libro sexto: Del voto de los mexicanos residentes en el extranjero
Título único
Artículo 338
1. El costo de los servicios postales derivado de los envíos que por correo realice el Instituto a los ciudadanos residentes en el extranjero, será previsto en el presupuesto del propio Instituto.