Código de Justicia Militar
Libro PRIMERO: De la organización y competencia
Título PRIMERO: De la organización de los tribunales militares
Capítulo II: Del Supremo Tribunal Militar
Artículo 7o. La Secretaría de Guerra y Marina nombrará al presidente y magistrados del Supremo Tribunal Militar, por acuerdo del Presidente de la República; los secretarios y personal subalterno del mismo, serán nombrados por la propia Secretaría. La protesta se otorgará por el presidente y los magistrados, ante la referida Secretaría de Guerra y Marina y por los secretarios y personal subalterno, ante el citado Supremo Tribunal.