Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título TERCERO: Del juicio
Capítulo V: Del juicio ante el consejo de guerra extraordinario
Artículo 714. En la notificación y la ejecución de la sentencia, se observarán por la autoridad militar las solemnidades prevenidas por este Código y por las prescripciones disciplinarias, hasta donde sean compatibles con las circunstancias del delito.