Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título TERCERO: Del juicio
Capítulo III: Del juicio ante el Consejo de Guerra Ordinario
Artículo 646. Si antes de cerrarse los debates se presentare el testigo o perito que haya faltado, se le permitirá exponer verbalmente sus excusas, y en vista de ellas, se confirmará o levantará el castigo que se le hubiere impuesto.