Código de Justicia Militar
Libro SEGUNDO: De los delitos, faltas, delincuentes y penas
Título NOVENO: Delitos contra la jerarquía y la autoridad
Capítulo II: Abuso de autoridad
Artículo 294. El superior que diereórdenes de interés personal a un inferior, estorbare sin motivo justificado la ejecución de las que éste hubiere dado en uso de sus facultades, le impidiese de cualquier modo el cumplimiento de sus deberes, le exigiese el de actos que no tengan relación con el servicio o que de cualquiera manera le hiciere contraer obligaciones que sean en perjuicio del desempeño de sus deberes, será castigado con la pena de cuatro meses de prisión.