Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro PRIMERO: Disposiciones Generales
Título CUARTO: Prueba
Capítulo I: Reglas generales
Artículo 93. La ley reconoce como medios de prueba:
I. La confesión.
II. Los documentos públicos;
III. Los documentos privados;
IV. Los dictámenes periciales;
V. El reconocimiento o inspección judicial;
VI. Los testigos;
VII. Las fotografías, escritos y notas taquigráficas, y, en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia; y
VIII. Las presunciones.