Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro PRIMERO: Disposiciones Generales
Título SEGUNDO: Autoridad Judicial
Capítulo II: Impedimentos
Sección PRIMERA: Excusas
Artículo 46. Entretanto se resuelve una excusa, quedará en suspenso el procedimiento.
La resolución que decida una excusa no es recurrible.