Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro SEGUNDO: Contención
Título QUINTO: Ejecución
Capítulo I: Reglas generales
Artículo 406. El auto que niegue la ejecución es apelable en ambos efectos.
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Artículo 406. El auto que niegue la ejecución es apelable en ambos efectos.
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