Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro SEGUNDO: Contención
Título QUINTO: Ejecución
Capítulo I: Reglas generales
Artículo 402. Si el deudor no cumple con la obligación, se practicará el aseguramiento o embargo, y se emplazará al demandado en los términos del Capítulo II del Título Primero de este Libro, siguiéndose, conforme al mismo, el juicio.